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PorColegio Diferencial Per Se

Reglamento Interno de Convivencia Escolar

Compartimos con ustedes nuestro Reglamento Interno de Convivencia Escolar vigente, para conocimiento de la comunidad educativa de nuestro colegio.

COLEGIO DIFERENCIAL PER SE

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2019

CONCEPCIÓN, DICIEMBRE DE 2018

FUNDAMENTACIÓN

 

La Ley 19.070 del 1° de Julio de 1994 en su artículo IV párrafo VI articulo 159 y párrafo V título III y la Ley 19.532 articulo 20 letra d, establecen que cada establecimiento educacional debe estructurar su propio Reglamento interno de acuerdo a su propia realidad.

 

Basados en este marco legal y para dar cumplimiento a los principios y políticas educacionales de Gobierno, el Colegio Diferencial Per Se, en concordancia con su proyecto educativo y considerando los recursos humanos, técnicos, administrativos y materiales establece la normativa interna para desarrollar su labor educativa y cumplir con los objetivos del Establecimiento.

 

Objetivo General

 

Establecer un marco  regulatorio para la convivencia escolar y resolución de conflictos, favoreciendo la interrelación armónica de todos los estamentos del Colegio.

 

Objetivos Específicos

 

  • Favorecer la formación personal del alumno a través de la adquisición de hábitos y valores que le permitan la autodisciplina e integración dentro de la sociedad.

  • Promover el respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

  • Promover las instancias necesarias para la atención de la persona con Habilidades Diferentes, de acuerdo a la legislación vigente.

  • Sensibilizar a la familia y a la comunidad sobre el problema de la persona con Habilidades Diferentes y luchar contra los perjuicios que lo condicionan.

 

Normas Técnico Pedagógicas

 

1.- Se establece un Plan Anual Operativo de Trabajo con participación de todos los estamentos del Colegio Diferencial Per Se, el cual se desarrollará bajo la premisa de la misión del Establecimiento.

2.- Las actividades técnicas – pedagógicas se coordinaran a través del Gabinete Técnico, el cual cumple la misión de Asesorar, Supervisar, Coordinar, Organizar, y Evaluar las acciones técnicas.

 3.- El Gabinete Técnico estará a cargo de un Jefe de Gabinete Técnico, Profesor especialista en Educación Diferencial mención discapacidad intelectual (circular 609/80).

 

TITULO II

 DE LAS ACTIVIDADES CURRICULARES

 

Los consejos de acuerdo a su naturaleza se denominarán:

 

  1. Consejos Administrativos: Serán organizados y dirigidos por el Director, del establecimiento o en su defecto por el Jefe de Gabinete Técnico realizándose cada 15 días y al término de cada semestre y/o cuando se estime necesario. En ausencia del Director podrá dirigirlo el jefe de gabinete técnico y/o un Docente que la Dirección destine.
  2. Consejos Técnicos: Serán organizados y dirigidos por el jefe de gabinete técnico del establecimiento o en su defecto por el Director, realizándose cada 15 días y al término de cada semestre. Podrá delegarse la función de dirigir este consejo a un profesor especialista si las circunstancias así lo requieran y se considere pertinente.
  3. Consejos o Reuniones de Coordinación: Serán organizados y dirigidos por la Dirección y/o Jefatura Técnica. Se realizaran en forma semanal o quincenal. En esta reunión de coordinación participaran los profesores especialistas de cada curso y/o integrantes del equipo multidisciplinario. Además se realizaran reuniones de los asistentes de la educación.
  4. Consejos o Reunión de Nivel: Serán organizados y dirigidos por los profesores especialistas de cada nivel, realizándose una vez al mes. Estos tendrán como objetivo sesiones de estudio con el monitor del y/o asistentes para situaciones específicas del curso, igualmente pueden ir orientados a perfeccionamiento.

 

En el plan de consulta puede o no estar presente el Jefe de Gabinete Técnico y/o Director.

  1. Reuniones de Estudio de Casos: Serán organizadas a petición de los profesores especialistas y tendrán como objetivo evaluar situaciones principalmente de índole conductual, con la participación de todo el equipo multidisciplinario.
  2. Reuniones de equipo de profesionales: Serán realizadas con el objeto de permitir organizar y estructurar propuestas de trabajo en beneficio del equipo técnico pedagógico.
  3. Reuniones de Consejo escolar: Se realizarán 4 sesiones de forma anual y donde participarán un representante de los padres y apoderados, director, un representante de los docentes, sostenedor y un representante de los asistentes de la educación. Estás reuniones son de carácter resolutivo y también informativas.

 

TITULO III

 

DE LOS HORARIOS

 

1.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por horario a la organización diaria de las actividades curriculares con los alumnos de Lunes a Viernes (semana), de acuerdo a decreto 87/90 y decreto 83/15.

2.- El horario docente estará determinado según estatuto docente (Título III párrafo V artículo 48 y 49) y lo establecido en Decreto 87/90, 83/15 y decreto 70/30

3.- La carga horaria será de acuerdo al nivel en que se encuentra cada alumno (Nivel Básico y Laboral). Las horas aulas y de colaboración están dadas según Plan Estudio Decreto 87/90 y según Decreto 83/15.

4.- El horario de entrada y salida de los alumnos y docentes será determinado por la Dirección del Establecimiento de acuerdo a las necesidades del Colegio.

Este horario debe ser estrictamente cumplido para lograr el desarrollo integral del alumno.

5.- El horario de los alumnos deberá ser estrictamente respetado, no podrán ser enviados a sus hogares antes de los horarios establecidos para su retiro del Establecimiento.

6.- En caso de ser necesario, por enfermedad, crisis epiléptica u otras circunstancias atenuantes, por la cual el alumno debe retirarse del establecimiento, se deberá contar con la autorización del Director, e informar por escrito al hogar, debiéndose dejar constancia en el libro de salidas y en observaciones del libro de clases. En caso que el alumno deba realizar algún trámite personal, debe ser retirado por el apoderado y firmar el libro de salidas.

 

DE LOS PADRES Y APODERADOS

 

Para una mejor y efectiva labor con los Padres se realizarán:

 

  1. Reuniones de Micro Centro: Se realizarán mensualmente, la segunda semana del mes. Cada curso deberá nominar un representante como delegado al Centro General de Padres. Estas reuniones serán asesoradas por el Profesor Especialista del Curso Básico y/o Curso Laboral.
  2. Reuniones Generales de Padres: Se realizarán según necesidades o requerimientos del Centro General de Padres y/o Dirección, y dirigidos por su directiva, con asistencia obligatoria de todos los Padres y Apoderados del Colegio.
  3. Entrevistas Personales: Se realizarán de acuerdo a las necesidades del profesor de Curso Básico o Curso Laboral, esta deberá ser respaldada en hoja foliada de entrevista. En el caso de estudiantes que requieren de apoyos especializados como kinésico, fonoaudiológico y psicológico se realizará una reunión multidisciplinaria con el apoderado (a) del estudiante, donde todos los acuerdos requeridos por ambas partes quedarán escritas en un libro foliado de entrevistas.

 

 DE LOS DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS

 

  1. Deberá cumplir con la reglamentación que dispone el Colegio.
  2. Ser responsable de la asistencia, puntualidad, presentación y aseo personal y conducta de su pupilo.
  3. Avisar y justificar en forma oportuna de las inasistencias del alumno.
  4. Apoyar el proceso capacitador del educando.
  5. Asistir a las reuniones periódicas de Padres y Apoderados citadas por el establecimiento y a las citaciones personales que se le efectúen.
  6. Todo Apoderado que no asista a reunión de Padres y Apoderados citados por el establecimiento, deberán justificar personalmente o vía libreta su inasistencia y tendrá la obligación de enterarse de lo tratado en la reunión y acatar los acuerdos.
  7. Los Apoderados no podrán ingresar al sector de aulas de clases, la auxiliar de aseo será la responsable de comunicar al profesor la presencia del Apoderado.
  8. Los Padres y Apoderados deberán tener una actitud de respeto hacia todo el personal del establecimiento.
  9. Las citaciones e informaciones se enviarán por medio de un documento foliado en libreta de comunicaciones y deberán ser reenviadas firmadas por el Apoderado.
  10. El Apoderado deberá cumplir con los horarios de citaciones de los profesionales del establecimiento, avisando previamente su inasistencia, de esta forma se podrá fijar otra fecha de citación.

 

DE LAS NORMAS DE TRABAJO EN EL ESTABLECIMIENTO POR PARTE DE LOS ALUMNOS

 

  1. El régimen de estudio del Colegio Diferencial Per Se será Semestral.
  2. El accionar técnico y administrativo se regirá por el Decreto Nº 87 de 1990 y 83 de 2015, que aprueba los Planes de Estudio para personas con Discapacidad Intelectual.
  3. El programa de estudio elaborado según la realidad del Colegio Diferencial Per Se, está autorizado mediante resolución Nº752, del 30 de marzo del 2009.
  4. Las áreas de desarrollo serán cinco: Físico Motor, Artístico, Cognitivo Funcional, Social y Vocacional en el nivel laboral y matemática, lenguaje, ciencias naturales, historia y geografía, tecnología, lenguaje y comunicación, orientación y artes visuales en el nivel básico. Para desarrollar estas áreas y/o asignaturas se requieren:

 

  • Controlar esfínter a menos que exista una causa neurológica y/o psicológica acreditada mediante certificado médico.
  • Controlar conductas agresivas e impulsivas constantes fuera de control como autoagresiones y heteroagresiones, las cuales se deben respaldar con informe neurológico, psiquiátrico y psicológico.
  • Cumplimiento de normas y reglas de convivencia establecidas dentro y fuera de la sala de clases y normadas en este documento.
  • Adecuado nivel de autonomía de acuerdo a edad y características.5. Todo tratamiento debe ser corroborado con el informe médico del especialista tratante, el cual es responsabilidad del apoderado solicitarlo al profesional correspondiente y hacerlo llegar dentro de a lo menos una semana al profesor jefe de su curso.
    6. El plan de estudio contemplará Plan Común y Plan Complementario.
    7. Se trabajará de acuerdo a las diferencias individuales de los alumnos, quienes tendrán un documento llamado PAI y PACI (Plan con Adecuación Curricular Individual), este deberá abarcar las áreas y asignaturas del artículo 16, del presente Reglamento y los apoyos, en el caso de ser necesarios, del equipo multidisciplinario.
    8. Se incorporarán como mínimo las siguientes actividades al plan anual:
  • Consejos de Evaluación.
  • Consejos Técnicos Administrativos
  • Evaluaciones formativas mensuales, Evaluaciones sumativas semestrales (1° y 2° Semestres) y anuales.

 

TITULO VI

 

DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

 

  1. Se establecen 3 tipos de Evaluación: Diagnóstica, formativa y Sumativa, las que se aplicarán de acuerdo al proceso que se esté realizando.
  2. Se evaluará a los estudiantes con una escala de notas del 2.0 al 7.0 con una exigencia del 50% (reglamento de evaluación) en las asignaturas o áreas del desarrollo planteadas por sus respectivos decretos. En el caso de los estudiantes que reciban apoyo en las áreas de kinesiología, fonoaudiología o psicología serán evaluados por conceptos de: I (insuficiente), S (suficiente), B (bueno) y MB (muy bueno). La evaluación se aplicará de manera personal e individual a cada alumno.
  3. Se entregará copia de informe de rendimiento cuantitativo y cualitativo al final del primer y segundo semestre, quedando en archivo el original.
  4. Al finalizar el año lectivo se elaborará un certificado de estudio, el cual se dará a conocer al apoderado, el cual se quedará con una copia, quedando uno de los documentos en el Establecimiento.
  5. Los estudiantes que serán egresados del establecimiento, será por cumplimiento de edad, veintiséis años o por cumplimiento de las etapas del programa de capacitación laboral. Al egresar se dará un certificado donde se describen las competencias adquiridas durante su permanencia en el nivel laboral.
  6. La promoción de los estudiantes se realizará de acuerdo a la edad cronológica del estudiante, sus competencias y los respectivos decretos que rigen la educación especial (decreto 87 y decreto 83).

 

TITULO VII

 

DE LAS NORMAS DE VIDA ESCOLAR SOBRE RESPONSABILIDAD Y DISCIPLINA

 

  1. Las inasistencias de los alumnos deben ser justificadas personalmente o vía libreta por el apoderado y con certificado médico cuando lo amerite.
  2. Las inasistencias prolongadas de los alumnos por enfermedades, deberán ser informadas al Profesor del curso por parte del Apoderado, en forma personal o vía libreta, presentando certificado médico correspondiente. El Profesor informará a la Dirección del Establecimiento.
  3. Luego de cinco atrasos consecutivos el alumno deberá presentarse con su Apoderado, previa notificación por parte de la Dirección del Establecimiento. Los atrasos serán registrados e informados a los apoderados en reunión mensual.
  4. Los alumnos deberán mantener una actitud permanente de responsabilidad (cumplir horarios, asistencia regular, participación en clases) hacia el proceso educativo. Se llevará un registro de las conductas tanto positivas como negativas, en la hoja personal del estudiante en el libro de clase y en el registro anecdótico.
  5. Responderán eficientemente a sus obligaciones como alumnos demostrando hábitos, actitudes y valores positivos.
  6. Los alumnos deberán presentarse y mantenerse limpios, manteniendo una buena presentación personal dentro y fuera del Establecimiento.
  7. Los alumnos deberán usar uniforme (en el caso de niveles básicos, polera institucional, pantalón plomo, las damas falda plomo plisada, y en el nivel laboral jeans azul y polera institucional) y delantal dentro del Establecimiento, manteniéndolo limpio y en buenas condiciones. Las damas usarán delantal azul marino, canesú cuadrille blanco y los varones cotona azul, ambos tendrán su nombre claro y visible. Para las clases de Educación Física el alumno debe usar buzo institucional. El uniforme se complementa en invierno con polar institucional.-
  8. Se solicitará al inicio del año escolar el 50% como mínimo de la lista de útiles sin condición de marcas ni lugar de compra, estos útiles deben hacerse llegar al curso de origen del alumno, durante el mes de Marzo.
  9. Los alumnos deberán colaborar en el cuidado del mobiliario, herramientas e insumos, así como del Establecimiento en general y responder restituyendo en caso de daño o pérdida.
  10. Esta estrictamente prohibido usar dentro del establecimiento, MP3, celulares y otros elementos tecnológicos. El establecimiento no se responsabiliza por la pérdida de estos, así como la perdida de objetos de valor y dinero.
  11. Los alumnos deberán acatar y cumplir el horario de trabajo, manteniéndose en su sala durante el periodo de clases.
  12. Los alumnos deberán hacer uso adecuado de baños y dependencias ayudando a su manutención y limpieza.
  13. Los alumnos deberán mantener un comportamiento adecuado en todo momento y además durante las salidas y visitas que se programen y realicen, condicionándose su participación en las actividades a su comportamiento.
  14. Las salidas pedagógicas deben ser organizadas y registradas en la planificación respectiva. Se debe avisar por escrito al apoderado (a) de la salida, con su respectiva autorización. Si la autorización no viene firmada o no se envía el documento, el estudiante debe quedar en el establecimiento.

 

Protocolo de salidas

Las salidas pedagógicas constituyen experiencias académicas irremplazables para el desarrollo y complemento de las distintas áreas de estudio. Estas salidas podrán tener una duración de 1 o 2 horas si corresponde a una salida rutinaria o un día si corresponde a una salida extraordinaria, dependiendo de los objetivos que se desean lograr, para la formación de los estudiantes de los distintos cursos básicos y laborales.

  • La salida pedagógica debe estar vinculada con los contenidos previstos para la asignatura o curso definido en el plan de estudio del colegio diferencial Per Se
  • Los docentes, al presentar la planificación semanal, deberá determinar allí las salidas pedagógicas. No obstante, de existir actividades no programadas con antelación estas serán presentadas a la dirección, para su análisis y aprobación.
  • Al momento de matricular al alumno quedará firmada la autorización por parte del apoderado del documento donde autoriza las salidas fuera del establecimiento, no obstante el profesor avisará al apoderado si hay una salida extraordinaria no programada.
  • Este formato quedará en la dirección del establecimiento, para su archivo como respaldo de futuras salidas rutinarias.
  • Es importante informar que ningún alumno (a) saldrá del colegio sin la debida autorización firmada por el apoderado, permaneciendo en el establecimiento hasta el término de la jornada escolar habitual.

Los estudiantes para poder participar en la salida pedagógica deberán presentar autorización firmada por el apoderado, que se encuentra en la ficha de matrícula corresponde a cada año lectivo y cumplir con las obligaciones que les demanda ser alumno (a) del Colegio Diferencial Per Se.

  • El docente a cargo deberá firmar y completar el libro de salidas de alumnos y personal del establecimiento, registrando el número de alumnos, que participen de la salida y sus respectivas autorizaciones.
  • Los padres y apoderados, serán informados del lugar, fecha, hora de salida del establecimiento y responsable de la salida.

Los docentes deben prever el horario de regreso, y en caso de sobrepasarse del horario de la jornada de clases, informa al establecimiento, para que desde allí se informe a los apoderados acerca de la demora.

  • Se le solicitará a los apoderados un número de teléfono para emergencias, el profesor encargado llevará consigo los teléfonos de emergencia ante cualquier eventualidad.
  • El docente a cargo será el responsable de la salida pedagógica, desde su inicio hasta su término o regreso a la institución, por lo tanto tomará todas las medidas de seguridad pertinentes, que minimice los riesgos de accidentes para los estudiantes, en caso de que ocurra un accidente en terreno deberá recurrir al centro de urgencia más cercano, quedando a cargo la asistente técnico del grupo curso.
  • El vehículo contratado por el establecimiento para efectuar la salida pedagógica, deberá presentar copia de los permisos de tránsito, identificación del conductor, póliza y seguros pertinentes; salir desde las instituciones y regresar a la misma.
  • Se prohíbe en todo momento de la salida pedagógica el consumo o tenencia de cualquier bebida alcohólica, cigarrillo o cualquier tipo de sustancia alucinógena. El estudiante sorprendido, infringiendo esta restricción, le será aplicado la sanción disciplinaria correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el reglamento interno del colegio.
  • El alumno (a), en todo momento durante la duración de la salida pedagógica, deberá mantener un comportamiento adecuado a las disposiciones institucionales y del lugar visitado, sea esta una institución educativa, empresa, predio, área natural, u otro, que por sus características deba cumplirse norma específicas.
  • Previo al cumplimiento del protocolo y los requisitos antes mencionado, las salidas pedagógicas programadas dentro o fuera de la ciudad, serán presentadas en la dirección del colegio diferencial Per Se a la secretaria ministerial de educación, mediante un oficio formal para su respectiva aprobación. Este oficio incluirá la fundamentación y detalles de la salida, responsables, cantidad de alumnos con sus cursos correspondientes y los detalles del transporte contratado.
  • Toda salida pedagógica se enmarca dentro de los planes y programas de estudio de los niveles básicos y laborales. Esto permite a los estudiantes observar, y conocer diferentes ambientes especialmente laborales, tomando contacto directo con objetos materiales, personas y espacios que ayudan a la incorporación de nuevos aprendizajes.
  • Toda actividad que se desarrolle durante el año, estará supeditada al reglamento de convivencia y evaluación del establecimiento. Con esto se ayudará a dar soluciones a las dudas y dificultades que pudieran tener los estudiantes, como también a las dudas a las que se podrían enfrentar los docentes y estudiantes al realizar la salida educativa.

 

PROCEDIMIENTO

1.- El profesor, en conjunto con el jefe de gabinete técnico determinarán la pertinencia de la salida.

2.- El profesor que solicita la salida, comunicará por escrito en la circular de la autorización a los padres y apoderados los siguientes aspectos:

-Lugar de la visita

-Fecha y horario de salida y regreso

-Objetivo de la visita

-Valor a cancelar (en el caso que corresponda)

-Fecha de devolución de autorización firmada

3.- El apoderado debe enviar autorización firmada el día señalado en la circular.

4.- Los alumnos (as) no podrán salir del colegio sin la autorización firmada del apoderado.

5.- No se aceptarán autorizaciones enviadas por mail u otro medio que no sea el indicado en el punto número 3.

6.- En caso que el traslado se realice en bus, la dirección del colegio determinará la empresa que presentará el servicio, para que así opere el seguro de accidentes del colegio en caso de ser necesarios.

7.- El profesor verificará las autorizaciones firmadas en las fichas de matrícula de los alumnos (as) y completará el libro de salida.

8.- El profesor encargado deberá llevar el listado de todos los estudiantes y la identificación de cada uno de ellos.

9.- El profesor jefe de ser necesario, designará a los apoderados que acompañarán al curso en la salida pedagógica si se requiere.

10.- Los estudiantes que tengan enfermedades o condición física, donde corran un riesgo importante para su bienestar o salud deben tener un protocolo individual, el cual debe ser conocido por los docentes a cargo de la salida y del apoderado (a).

De las giras de estudio y paseos de curso:

El Colegio no promueve las giras ni paseos de curso, por lo mismo no se hace responsable de las condiciones ni eventualidades ocurridas en dichas actividades.

 

TITULO VIII

 DE LAS NORMAS DISCIPLINARIAS

 

  1. Se deberá tener presente que el crecimiento personal de los alumnos con Necesidades Educativas Especiales se observan conductas positivas y negativas que requieren la atención permanente y responsabilidad de los padres y profesores para reforzar las conductas adecuadas y eliminar las inadecuadas.
  2. Frente a problemas de conductas negativas de los alumnos fuera del aula, estos deben ser asumidos por el personal Docente, Directivo y no docente, como un equipo, ya que las acciones aisladas debilitan el logro del objetivo y por otra parte desorientan y confunden al alumno, anulando la acción formativa.
  3. Será responsabilidad de los profesionales de aula la contención de la conducta presentada por el alumno dentro de ésta, teniendo el docente la misión de informar al resto del equipo la situación presentada.
  4. El alumno con problemas conductuales o descompensaciones deberá ser atendido conjuntamente con sus Padres, a través de entrevistas personales estableciendo un programa de tratamiento y seguimiento en forma integrada y coordinada con el equipo multiprofesional. Derivando a otros profesionales de ser necesario (psicólogo, psiquiatra o neurólogo)
  5. El alumno deberá sentir que cuenta con el apoyo y ayuda de sus profesores, de sus Padres y/o Apoderados en la acción rehabilitadora.
  6. Se entenderá por actitud conductual negativa a aquella conducta que vaya en contra de la normativa establecida en el presente reglamento y todas aquellas que son inherentes a cada alumno y que interfieran con la dinámica del grupo curso o del establecimiento.

Para lograr modificar aquellas conductas o faltas al reglamento se procederá a realizar una intervención multiprofesional con los distintos profesionales que cuenta el establecimiento y una articulación a través de informes o citaciones con profesionales externos (si fuera necesario), donde debe participar la familia del estudiante y llevar a cabo las sugerencias o tratamientos específicos para su hijo (a). Se registrará cada acción o estrategia en un libro foliado de cada profesional y además se confeccionará un informe detallando cada una de las acciones realizadas por el establecimiento en beneficio del estudiante.

 

Tipos de faltas.

 

Falta leve: son aquellas faltas que no atentan contra la dignidad de las personas. Para este tipo de falta se procederá primero con un llamado de atención en forma oral de parte del observador y registro en el libro de clases, segundo entrevista apoderado por profesor jefe, tercero remitir a dirección para firmar compromiso alumno/a y apoderado. En la medida que la falta se vaya reiterando. Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.

Ejemplos: atrasos reiterados con un máximo de 15 minutos de retraso durante 3 días a la semana, olvidar un material sin justificar en un plazo máximo de un mes desde la solicitud del material, no justificar a tiempo las inasistencia, hacer del uso del celular en clases, no entrar a tiempo a la sala de clases, quitar y sacar alimentos de terceros, reiteradas inasistencias a reuniones de micro centro sin justificación previa, salir de la sala de clases sin aviso o autorización, no obedecer órdenes que permitan el normal proceso educativo, interrumpir la clase de manera consciente.

Si un estudiante o integrante de la comunidad educativa presenta las conductas antes descritas de forma reiterada se citará al apoderado.

 

Falta grave: se consideraran graves todas aquellas faltas que atentan contra el respeto, la honradez y la propiedad privada. Para este tipo de falta se procederá primero a suspensión de clases y/o asignación de tareas comunitarias, segundo entrevista apoderado para firmar Condicionalidad. Se consideran como faltas graves: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.

Ejemplos: dañar el bien común de la comunidad educativa, agredir psicológicamente a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a otro miembro de la comunidad educativa, falsear o mentir sobre la información de situaciones o acontecimiento específico, molestar u ofender a algún miembro de la comunidad educativa, así como tener una conducta inadecuada fuera del establecimiento (improperios a terceros, agresión verbal, burlas) etc.

Si un estudiante o integrante de la comunidad educativa presenta las conductas antes descritas, se citará al apoderado a una reunión obligatoria con el equipo multidisciplinario, Directora y Jefe de Gabinete Técnico según corresponda a cada caso, para acordar estrategias de resolución de la problemática.  Además el estudiante  en conjunto con la familia debe cumplir con un servicio pedagógico o comunitario el que será establecido en dicha reunión.

La reiteración de la conducta en más de tres oportunidades pasará a formar parte de una falta gravísima.

 

Falta gravísima: serán faltas gravísimas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo (bullying) tanto a profesores como a pares, conductas tipificadas como delito, como por ejemplo: abuso sexual, agresión física, tráfico de drogas, o acoso escolar, amenazas o agresión con elementos corto punzantes, arma de fuego u otro elemento que pueda resultar  dañino para la integridad física y psicológica de algún miembro de la comunidad educativa. Luego de instaurada la falta el establecimiento tiene el deber de informar a la PDI o a Carabineros sobre las conductas tipificadas como delito.

Si un estudiante presenta conductas disruptivas como autoagresión y heteroagresiones tanto físicas como psicológicas a causa de controles médicos y tratamientos farmacológicos interrumpidos o no aplicados en el plazo máximo de dos semanas desde la manifestación de la conducta, se considerará una falta gravísima, recayendo la responsabilidad en la familia.

En el caso de los estudiantes que presentan faltas gravísimas como las descritas y tomando en consideración para el proceder de todos los antecedentes que acompañen el caso se les desvinculará del proceso educativo cancelando su matrícula.

Se desvinculara al estudiante que presente la condición antes descrita por el tiempo que se requiera para estabilizarlo con el uso de los medicamentos.

(Dependerá del fármaco indicado por el especialista)

En el caso de los estudiante que presenten faltas gravísimas  reiteradas (entendiendo por reiterada más de tres veces), y una vez agotadas todas las instancias de resolución del problema , se le desvinculará en una primera instancia por dos días, si la conducta se volviera a repetir  se desvinculará por tres días ,ahora si la conducta vuelve a  aparecer y tomando en consideración para el proceder todos los antecedentes que acompañen el caso, se le desvinculara  del proceso educativo en el establecimiento sin perjuicio que se busquen otras alternativas pedagógicas.

Las sanciones deben permitir que las y los estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño, incluyendo en esta tarea a la familia como guía y responsable primario de la toma de conciencia, el reparo del daño y el desarrollo de habilidades que les permitan la superación del problema.

Se establece un sistema de sanciones al producirse una actitud conductual negativa, estas sanciones podrán ser:

 Amonestación Verbal: Se hará un llamado de atención verbal frente a una actitud conductual negativa. Además se categorizará como falta leve. Podrá aplicar esta sanción el profesor especialista y/o asistentes de la educación.

Citación al Apoderado: Se realizará en caso de faltas leves reiteradas o graves. Esta citación podrá ser cursada por el profesor especialista o por la dirección.

Anotación negativa: se llevará un registro en el libro de clase o registro anecdótico de las conductas o acciones negativas de los estudiantes. Se citará al apoderado de forma personal después de cuatro anotaciones.

Suspensión: en caso que se deba suspender, por falta grave,  será por un máximo de tres días, lo cual será informado a sus padres o apoderados.

Si los motivos son descompensaciones (heteroagresiones o autoagresiones) por condición de salud o diagnóstico deberá ser por el tiempo que requiera el estudiante para regular su situación a través de tratamientos o las derivaciones a los profesionales pertinentes. El apoderado (a) será notificado de la situación de su hijo (a), el cual podrá reintegrarse al establecimiento con su respectivo tratamiento y certificados médicos que acrediten la condición de salud del estudiante.

En caso de reiteradas faltas leves o grave y luego de la citación al apoderado (a) se podrá disponer al estudiante a que realice alguna acción comunitaria sin que represente menoscabo o que vaya en contra de su dignidad.

Se entenderá por acción comunitaria:

  • Limpiar pasillos y patio del colegio
  • Apoyar en la rutina diaria a los cursos más pequeños del colegio
  • Limpiar murallas
  • Apoyar en la limpieza y aseo del colegio

Condicionalidad de matrícula: se procederá en aquellos que tengan reiteradas inasistencias y no sean justificadas en un plazo máximo de quince días y también aquellos que no cumplan de forma reiterativa con sus deberes dentro del establecimiento, previas citaciones al apoderado (a).

Además de aquellos estudiante donde  se establezca la suspensión.

Cancelación de matrícula: se cancelará de forma inmediata a aquellos estudiantes que  no cumplan con sus tratamientos médicos por lo tanto, persisten autoagresiones o heteroagresiones o aquellos que luego de un proceso de intervención con equipo multidisciplinario u otros profesionales externos persisten con conductas que atentan contra la integridad física o psicológica de la comunidad educativa. También pueden ser afectados por esta medida aquellos estudiantes que tienen inasistencias durante un plazo máximo de treinta días sin justificar.

 

TITULO IX

DE LA SITUACIÓN DE LOS ALUMNOS (GRUPO CURSO) EN AUSENCIA DE LOS DOCENTES.

 

  1. En caso de ausencia del profesor especialista por cualquier causa, el curso funcionará a cargo del asistente técnico y/o monitor.
  2. En caso de ausencia del Monitor vocacional el Curso laboral Taller será atendido por el profesor especialista o por el Asistente Técnico en Educación Diferencial.
  3. Los docentes que por cualquier causal no puedan concurrir al establecimiento deberán dejar las planificaciones, llaves, etc., de su sala, para facilitar la labor del Docente que se hará cargo de su curso.

 

TITULO X

DE LAS AUSENCIAS DEL DIRECTOR

 

  1. Las ausencias pueden deberse a: reuniones, trámites relacionados con aspectos técnicos administrativos del Establecimiento, actos comunales, provinciales y regionales, permisos, licencias y otros que se relacionen con su función.
  2. En ausencia del Director del Establecimiento quedará en su reemplazo el /la Subdirector y en ausencia de este el /la Jefe Técnico.
  3. En caso de tener que ausentarse los directivos, quedará en su reemplazo el profesor especialista de turno y/o el docente que la Dirección determine.
  4. La Dirección del Establecimiento delegará funciones ya sean administrativas y/o técnicas así como actividades de colaboración a los Docentes, cuando sea necesario para el funcionamiento del Establecimiento.

 

TITULO XI

 DE LAS SUPERVICIONES

 

  1. La Dirección podrá realizar supervisiones de aula a fin de informarse del trabajo con los alumnos, su nivel de ejecución y la función que desempeñan los Docentes.
  2. El Jefe de Gabinete Técnico realizará supervisiones de aula de carácter técnico que le permita retroalimentar el trabajo del Establecimiento.
  3. Las supervisiones que se lleven a cabo serán registradas en un informe el cual será informado a los docentes de manera individual y/o en consejos.

 

TITULO XII

OTRAS SITUACIONES

 

  1. Si el Padre y/o Apoderado pierde la actitud de respeto hacia Director, Docentes, asistentes de la educación o auxiliar de aseo, refiriéndose hacia ellos en tono agresivo insultando y amenazando e incluso agrediendo ya sea verbal o físicamente, esta situación ameritara la inmediata cancelación de la matrícula. Se dará cuenta de esta situación a Carabineros y Superintendencia de Educación.
  2. La inasistencia reiterada por más de treinta días consecutivos sin justificación por parte del apoderado será motivo de cancelación de matrícula.
  3. El Colegio Diferencial PER SE se rige por la normativa vigente en cuanto a las fechas del proceso de matrícula anual, las cuales se informan al apoderado vía libreta de comunicaciones, pagina Web, fichero del colegio, y reunión de apoderados. Será responsabilidad del Apoderado cumplir con el proceso dentro de los plazos.

La no concurrencia a realizar la matrícula dentro de los plazos establecidos e informados dejará en libertad de acción al establecimiento para disponer de la vacante.-

 

PROTOCOLO EN CASO DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS

  1. En caso de tener alumnas embarazadas o alumnos que serán padres, el colegio prestará todos los apoyos necesarios para que la estudiante termine su año escolar y/o periodo escolar.

Protocolo.

  • Se considerarán válidas las inasistencias debido a licencias médicas por: controles médicos, pre y postnatal, enfermedades del niño menor de un año. Presentando el certificado médico correspondiente.
  • Se recalendarizarán las evaluaciones pendientes de acuerdo a los horarios y asistencia de la o el estudiante. Utilizando la escala de notas al 50% para evaluaciones escritas u observacionales.
  • Se prestará apoyo pedagógico individual para la estudiante para lograr avanzar en los contenidos establecidos para el curso o individual.
  • El horario de la estudiante será diferenciado, flexibilizando en horarios de entrada, salida o permisos.
  • Durante el periodo de gestación, la estudiante podrá ir al baño las veces que sean necesarias, evitando una infección urinaria y posible causa de aborto.
  • Facilitar los espacios para que la estudiante pueda estar cómoda sin estrés o evitar accidentes.
  • Durante el periodo de maternidad, la madre puede decidir los horarios en los cuales alimentará a su hijo (a), considerando una hora como plazo máximo sin considerar los tiempos de traslados, el cual será conocido por el director durante la primera semana de ingreso de la estudiante al colegio.
  • En caso de enfermedad del lactante, menor de un año, el colegio brindará horarios, permisos e inasistencias justificadas por un certificado médico a la madre o al padre del menor.
  • Es responsabilidad del estudiante o del apoderado (a) informar al establecimiento la condición de embarazo, maternidad o paternidad.

 

DE LAS SITUACIONES NO PREVISTAS.

 

  1. Las situaciones no previstas en el presente Reglamento Interno del Colegio Diferencial Per Se de Concepción, serán resueltas por el Consejo de Profesores del Establecimiento.

 

PROCEDIMIENTO INTERNO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR.

 

El establecimiento cuenta con un programa Integral de Seguridad Escolar PISE el cual entrega los protocolos de actuación en caso de enfrentar una situación de  catástrofe ya sea telúrica, de incendio u otras situaciones de emergencia.

En él están establecidas las estrategias de actuación y responsables, es importante que el apoderado tenga claro que ante una situación de este tipo el personal del establecimiento asume la responsabilidad de velar por la integridad y seguridad de todos los alumnos, quedándose en el establecimiento hasta que el último alumno sea retirado.-

Con el propósito de dar cumplimiento a un accidente escolar dentro del establecimiento se procederá a la realización de los siguientes pasos:

  • El profesor jefe, asistente de aula o profesor de turno, debe realizar las acciones a seguir.
  • En el caso de heridas superficiales debe lavar las manos con jabón o un limpiador antibacteriano para prevenir una infección.
  • Luego, lave completamente la herida con agua y un jabón suave.
  • Use presión directa para detener el sangrado.
  • Aplique un ungüento antibacteriano y un vendaje limpio que no se pegue a la herida.
  • En caso de una herida o corte profundo se debe llevar al estudiante al hospital, previamente lavar con suero fisiológico y colocar un apósito limpio.
  • Si hay quemadura de primer grado, colocar abundante agua y deje correr agua fría sobre la zona de la quemadura o sumerja la zona en agua fría (no helada). Avisar vía telefónica a apoderado.
  • Si hay quemadura de segundo o tercer grado,
  • Luego de lavar o remojar la quemadura en agua, cúbrala con un vendaje estéril y seco o con un apósito limpio.
  • Proteja la quemadura de presiones o fricciones.
  • Si se presenta alguna descompensación por epilepsia, se debe proteger la cabeza del estudiante para que no sufra un golpe y colocar su cuerpo en posición decúbito lateral (de lado). Llamar a ambulancia.
  • En caso de mordedura de un estudiante a otro, colocar hielo en la zona afectada y derivar a hospital previa evaluación del personal docente. Se avisa vía telefónica a apoderado.
  • Si hay una fractura o esguince se inmovilizará y derivará a hospital, se llamará vía telefónica a apoderado.
  • En el caso de caída y pérdida de piezas dentales, se derivará al hospital con las piezas dentales previa búsqueda de éstas. Se avisará al apoderado vía telefónica.

En caso de detección de bullyng.

De acuerdo a lo expuesto en el artículo 16 B de la ley 20.536, Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.

El Ministerio de Educación esclarece que Bullying es: una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido/a y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros/as, que se puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico, el cual consta de tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia: i. se produce entre pares; ii. Existe abuso de poder; iii. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido.

El estudiante que realice bullying a algún compañero de la comunidad educativa se tomará como la realización de una falta gravísima, y por ende se   tomaran  las medidas antes mencionadas en el punto de falta gravísima.

 

FALTAS

 

Aplicación de procedimientos claros y justos.

Antes de la aplicación de una sanción o medida, es necesario conocer la versión de todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta.

Se debe seguir un procedimiento para luego deliberar:

1.- que sean escuchadas las partes involucradas

2.-que sus argumentos sean considerados.

3.- que se presuma su inocencia.

4.- que se reconozca su derecho a  apelación.

Es necesario conocer la motivación, contextos e intereses que rodean la aparición de la falta para lograr discriminar su real sanción, ejemplo: un acto  de defensa propia a uno de discriminación.

 

RECONOCIMIENTOS Y PREMIOS.

 

Se potenciará las conductas positivas diariamente, mediante refuerzos verbales, como: felicitaciones, reconocimiento en el grupo curso y/o pares, entregándole a modo de incentivo  actividades según sus intereses.

 

Se destacará y premiará mensualmente a los estudiantes que se destaquen en: rendimiento escolar, mejor compañero, alumno integral (buen rendimiento, responsabilidad, asistencia, compañerismo, pro actividad) y a la perseverancia y/o esfuerzo de los estudiantes.

 

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

 

Consideración de técnicas de resolución pacífica de conflictos.

 

La comunidad educativa debe ejecutar las siguientes técnicas para lograr una resolución pacífica de conflictos.

 

1.- La Negociación: se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, con la participación de una persona adulta, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución aceptable a sus diferencias, la que se explicita en un compromiso. Los involucrados deberán consensuar una solución para el conflicto que satisfaga a ambas partes.

2.- El arbitraje: es una estrategia que está guiada por un adulto, el cual es el encargado de buscar una solución formativa para el conflicto, sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto.

3.- La Mediación: es una estrategia en la cual participan una o varias personas ajenas al conflicto que ayudan a llegar a un acuerdo sin establecer sanciones ni culpables.

La aplicación de cada una de estas estrategias quedará a criterio del docente que se haga responsable con la participación de otro integrante del equipo profesional si es que la situación lo amerite quienes buscaran las soluciones, tomando en consideración la capacidad de discernimiento de cada alumno, en especial de los conflictos considerados  como  faltas leves y graves según este reglamento escolar.

 

TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO Y ARMAS CORTANTES

 

La tenencia de armas de fuego, fogueo, balines y cortantes de cualquier tipo será considerada como una falta gravísima. Luego de instaurada la falta el establecimiento   deberá  tomar contacto inmediato con el apoderado  citándolo al establecimiento de manera urgente  para informar de la situación y conocer los  motivos de la tenencia del arma, en esta ocasión se le informara al apoderado que el establecimiento tiene el deber de informar a la PDI o a Carabineros sobre las conductas tipificadas como delito.

 

CONSUMO Y TRAFICO DE DROGAS

 

El porte y consumo de droga independiente de si se consume o no dentro del establecimiento  y sin importar  la cantidad de esta, será considerada como una falta gravísima. Luego de instaurada la falta el establecimiento   deberá tomar contacto inmediato con el apoderado  citándolo al establecimiento de manera urgente  para informar de la situación y conocer los  motivos de la tenencia de la droga, en esta ocasión se le informara al apoderado que el establecimiento tiene el deber de informar a la PDI o a Carabineros sobre las conductas tipificadas como delito.

El establecimiento podrá arbitrar, si es que la situación así lo amerite, las medidas que permitan poner en contacto al estudiante y su familia con las redes de apoyo para desarrollar un programa rehabilitador.-

 

 ABUSO SEXUAL

 

El abuso sexual será considerado como una falta gravísima ya que es un delito castigado por la ley debido a que viola los derechos fundamentales del ser humano en especial cuando son niños y niñas. En el caso de nuestra población escolar vulnerable debido a su condición de discapacidad intelectual, esta falta abarcara un rango de edad mayor.

 

Tipos de abuso

1.- Abuso sexual propio: Es una acción que tiene un sentido sexual, pero no es una relación sexual.

2.- Abuso sexual impropio: Es la exposición a niños y niñas de hechos de connotación sexual, tales como:

  • Exhibición de genitales
  • Realización del acto sexual
  • Masturbación
  • Sexualizacion verbal
  • Exposición a la pornografía

3.- Violación: Consiste en la introducción del órgano sexual masculino en la boca, ano o vagina de una niña, niño  en condición vulnerable debido a su discapacidad intelectual, también es violación si el agresor usa su fuerza física, intimidación y aprovechándose de que se encuentra privada del sentido o es incapaz de pedir asistencia.

Se entenderá igualmente por violación si lo anterior es realizado por una persona del sexo femenino hacia un niño, niña o joven.

 4.- Estupro: Es la introducción del órgano sexual masculino en la boca, ano o vagina de una persona mayor de 14 años y menor de 18 años, cuando la víctima tiene una discapacidad mental  aunque sea transitoria, y aun cuando esa discapacidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno mental, en relación a la población usuaria de nuestro establecimiento.  Para el presente reglamento se considera una falta gravísima hasta la edad de 26 años.

También existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral, educacional o de cuidado, o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima.

El personal del establecimiento deberá estar atento a la presencia de los siguientes indicadores:

INDICADORES FISICOS:

  • Dolor o molestia en el área genitales
  • Infecciones urinarias frecuentes
  • Cuerpos extraños en ano o vagina
  • Retroceso en el proceso de control de esfínter ,es decir ,se orinan (enuresis) y/o defecan (encopresis)
  • Comportamiento sexual inapropiado para su edad tales como: masturbación compulsiva, promiscuidad sexual, exacerbación de conductas de connotación sexual.
  • Se visten con varias capas de ropa o se acuestan vestidos.-

INDICADORES EMOCIONALES, PSICOLOGICOS Y CONDUCTUALES

  • Cambios en el rendimiento escolar
  • Dificultad en establecer límites relacionales tales como: desconfianza o excesiva confianza.
  • Huida del hogar
  • Retroceso en el lenguaje
  • Trastornos del sueño
  • Desordenes en la alimentación
  • Hiperactividad
  • Autoestima disminuida
  • Trastornos somáticos (dolor de cabeza y/o abdominales, desmayos)
  • Ansiedad, inestabilidad emocional.
  • Sentimientos de culpa
  • Agresiones
  • Conflictos familiares
  • Intentos de suicidio o ideas suicidas

Los indicadores anteriores son solo referentes  de posible abusos y  la presencia de algunos de ellos no representan necesariamente un abuso, es labor del docente encargado del alumno pesquisar y averiguar más a fondo el caso .Si a la investigación se determinara que efectivamente se trata de un caso de abuso el establecimiento tiene la obligación legal de denunciar el hecho a las instancias pertinentes.

 

ABUSO FISICO Y MALTRATO

 

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, como profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante.

Los padres o madres como apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como el equipo docente, directivos del establecimiento, deberá informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante, miembro de la comunidad educativa de los cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno del establecimiento.

Es obligación establecida por ley que el establecimiento educacional informe y denuncie, por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa las situaciones de violencia física o psicológica que afecten a un miembro de la comunidad educativa y que provengan del hogar .Para estos efectos la comunidad educativa debe poner atención a los siguientes indicadores:

 

ABUSO FISICO:

 

Signos físicos: lesiones en la piel, magulladuras o lesiones en distintas partes del cuerpo, fracturas, heridas o raspaduras en la boca, labios, encías u ojos, en genitales externos; en la parte posterior de los brazos, piernas o torso.

Signos comportamentales: Cautelosos en contacto físico con adultos, manifiesta conductas extremas agresividad y rechazo, parece tener miedo a sus padres o volver a casa, informa que su madre o padre le ha formado una lesión.

 

MALTRATO EMOCIONAL Y PSICOLOGICO:

 

Signos físicos: trastornos de las funciones relacionadas con la alimentación, sueño, regulación de los esfínteres.

 

CASO DE NEGLIGENCIA Y ABANDONO:

 

Signos físicos: se le ve constantemente sucio, hambriento o inapropiadamente vestido, sufre repetidos accidentes domésticos.

  • Presenta problemas físicos o necesidades médicas sin ser atendidas.
  • Inasistencia repetida y no justificada a la escuela.

Signos comportamentales:

  • Raras veces asiste a la escuela.
  • Se suele quedar dormido en clases.
  • Muestra cansancio o apatía
  • Llega muy temprano a la escuela y se va muy tarde.
  • Dice que no hay nadie que lo cuide.

Observándose estas conductas el establecimiento arbitrara las medidas que permitan establecer  un proceso de intervención desarrollado por el equipo profesional, la asistencia a las sesiones serán obligatorias de lo contrario se considerara una falta grave y se aplicaran las sanciones que indique el reglamento.-

 

MARIO ESPINOZA PEREZ

Prof. Especialista Educ. Diferencial

Director